Pensión por viudez
¿Qué porcentaje de la pensión del esposo le queda a una viuda, según el IMSS?
Así funciona la pensión por viudez otorgada por el IMSS.La pensión por viudez es un apoyo económico que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a las personas que fueron cónyuges o concubinas/os de un asegurado o pensionado fallecido.
¿Quién tiene derecho a la pensión por viudez?
El beneficio se otorga principalmente al cónyuge sobreviviente. Si no hay cónyuge, puede solicitarla una persona que haya vivido en concubinato con el fallecido, siempre que:
- Hayan convivido al menos cinco años antes del fallecimiento, o
- Hayan tenido hijos en común.
- Ambos debieron permanecer solteros durante ese periodo. Si hubo más de una relación de concubinato simultánea, nadie podrá acceder a la pensión.
¿Cuánto corresponde de pensión por viudez?
Depende del tipo de seguro por el cual el fallecido estaba protegido:
- Riesgo de trabajo: 40% de la pensión de incapacidad.
- Invalidez y vida: Hasta el 90% de la pensión por invalidez, según el artículo 131 de la Ley del Seguro Social.
En algunos casos, también se puede recibir aguinaldo:
- 15 días si la pensión era por riesgo de trabajo.
- 30 días si era por invalidez y vida.
- Importante: El matrimonio debe haber durado al menos seis meses. Sin embargo, si hubo hijos en común, esta condición no aplica.
¿Qué otras asignaciones familiares pueden sumarse?
Bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, pueden añadirse:
- 15% adicional para la esposa o concubina.
- 10% por cada hijo menor de 16 años.
- 10% por cada hijo entre 16 y 25 años que estudie en el Sistema Educativo Nacional.
- 10% por hijos con discapacidad que no puedan mantenerse por sí mismos.
- 10% por cada padre del fallecido, si dependían económicamente de él.
Si solo hay un padre, se puede agregar una ayuda asistencial del 10% adicional.
¿Cuándo inicia y termina la pensión?
- Inicia el día del fallecimiento del asegurado o pensionado.
- Termina si el beneficiario fallece, se casa nuevamente o entra en un nuevo concubinato.
- Si se casa de nuevo, puede recibir una suma global equivalente a tres años de pensión.
- Tener un trabajo no cancela ni reduce esta pensión.
¿Cómo se solicita la pensión por viudez?
Se debe acudir al IMSS con los siguientes documentos:
- Solicitud de pensión (la llena personal del IMSS).
- Identificación oficial vigente.
- CURP.
- Comprobante de domicilio.
- RFC con homoclave.
- Datos bancarios para depósito.
- Acta de nacimiento, adopción o reconocimiento del beneficiario.
- Acta de matrimonio (si es esposa) o
- Resolución judicial o acta de nacimiento de hijos en común (si es concubina).
El trámite es gratuito y puede hacerse en la Unidad de Medicina Familiar o Subdelegación del IMSS. El horario habitual es de 08:00 a 15:00 horas.