ENTÉRATE

¿Cómo retirar el dinero de mi Afore antes de que el gobierno pueda tomarla para el Fondo de Pensiones para el Bienestar?

¿Sabías que puedes ir retirando el dinero de tu afore? para que no lo manden a lo manden a los programas de pensiones, así puedes hacerlo.

Retiro Parcial o completo de Afore.
Retiro Parcial o completo de Afore.Créditos: Foto: Freepik / Canva
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El fondo de ahorro para el retiro tiene términos para poder retirar parcial o totalmente el dinero que se ha acumulado en tu Afore, ya sea régimen 73 o 97 aquí te decimos cómo puedes retirarlo, ya que la Consar ofrece métodos de retiro para que estos no afecten el punto primordial del Afore que es ahorrar para el retiro de la vejez.

Requisitos para Retiro de Afore

Hay ciertos requisitos que la Consar pide para poder hacer el retiro del dinero de tu Afore, como son:

  • INE
  • comprobante de domicilio
  • CURP
  • estado de cuenta de tu Afore
  • estado de cuenta bancaria.
Retiro parcial de Afore.
Foto: Pinterest

Retiros por desempleo

Si te quedaste sin empleo y has ahorrado en tu Afore puedes pedir retiro de dinero siempre y cuando cumplas con los requisitos necesarios

  • antigüedad en la cuenta de Afore,
  • período mínimo de cotización al Instituto Mexicano del Seguro Social.
  •  desempleo sin solicitar un retiro similar en los últimos cinco años.

Los retiros por gastos de matrimonio son similares solo que estos se pueden realizar una sola vez.

Retiro de Afore.
Foto: Freepik

Retiro total del Afore

Para poder hacer un retiro total del dinero ahorrado en tu Afore, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, exige tener un mínimo de 60-65 años de edad  con las semanas establecidas de cotización, aunque este proceso requiere de cierto aspectos que dependerán de la Ley que rija tu fondo de retiro, ya sea la Ley 73 o la Ley 97.
La ley 73 por ejemplo requiere mínimo 250 semanas de cotización y nivel salarial y si te retiras a temprana edad el porcentaje de pago será menor,
La Ley 97 pide mínimo 800 semanas de cotización, 60-64 años por cesantía y 65 mínimo por vejez.

Fondo de Retiro.
Foto: Freepik


La pensión dependerá del saldo acumulado durante las semanas de cotización la cual se actualizará anualmente y ese será el pago que reciban mensualmente las persona jubiladas.