Estos son los pensionados del IMSS e ISSSTE que ya podrán recibir 10 mil pesos de pensión

Si cumplen con ciertos requisitos y gestiones, un grupo de pensionados del IMSS e ISSSTE podrá acceder a 10,000 pesos en su pensión mensual. Estos son los detalles del nuevo decreto nacional.

Pensión IMSS e ISSSTE. Estos son los pensionados del IMSS e ISSSTE que ya podrán recibir 10 mil pesos de pensión

El año 2024 trajo buenas noticias para los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Esto se debe a que a partir de julio pueden cobrar un monto de dinero adicional en sus pensiones mensuales. El decreto del Fondo de Pensiones para el Bienestar es el que ha cambiado las reglas de dispersión. 

Calendario de pagos 2024: ¿Cuándo es el siguiente depósito de la Pensión IMSS e ISSSTE?

Los pensionados del ISSSTE reciben su dinero cada fin de mes. De esta manera,  poseen su pensión antes que los extrabajadores del IMSS, que tienen su depósito listo en los primeros días del mes. 

En el caso de agosto y al recibir el siguiente pago, la pensión IMSS llegará el jueves 1 de agosto y la pensión ISSSTE se depositará el próximo martes 30 de julio.

Para el mes de agosto de 2024, la pensión IMSS será depositada el jueves 1 de agosto y la pensión ISSSTE el próximo martes 30 de julio. Foto: Canva

¿Quiénes son los pensionados del IMSS e ISSSTE que pueden recibir 10,000 pesos de pensión?

Según el decreto del Fondo de Pensiones para el Bienestar, los extrabajadores se pueden pensionar con el 100% de su último salario. Antes de esta reglamentación, los pensionados hubieran recibido 7489 pesos. Pero con la modificación en materia de jubilaciones, ahora pueden recibir un complemento de 2511 pesos para completar los 10,000 pesos que cobraban en actividad laboral.

El Fondo de Pensiones para el Bienestar tiene como misión recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados al IMSS e ISSSTE, para garantizar que las personas trabajadoras que alcancen los 65 años de edad y cuya pensión sea igual o menor a 16,777.68, reciban un complemento.

Este monto de dinero deberá actualizarse cada 1 de enero, de acuerdo con la inflación estimada. Pero para poder cobrar este complemento, deben haber iniciado la cotización en términos de la Ley del Seguro Social vigente a partir del día 1 de julio de 1997 o estar en el régimen de cuentas individuales ante el ISSSTE.

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