Trámites
¿Cómo recuperar el saldo de AFORE de una persona fallecida?
Estos son los pasos para poder obtener las aportaciones de una persona fallecida ante el AFORE.Durante gran parte de nuestra vida muchos de nuestros ingresos se van a las Instituciones Administradoras del Fondo para el Retiro (AFORE), las cuales se encargan de invertir y gestionar nuestro ahorro para el retiro. Pero que pasa si el beneficiario fallece, como puede sacar estos recursos.
La principal función de la AFORE es brindar la posibilidad de acceder a una vida adulta adecuada, desde las aportaciones regulares, administrativas o voluntarias. Por esta razón, en caso de que el titular llegara a fallecer, existe la posibilidad de que un beneficiario pueda recuperar el dinero invertido desde hace muchos años.
¿Quién es la persona que puede retirar el dinero de la AFORE de un usuario fallecido?
El Sistema de Ahorro para el retiro (SAR), explicó que hay dos tipos de beneficiarios que se pueden hacer de los ahorros de las personas fallecidas, los cuales son:
Familiares
- Viuda o viudo
- Hijos menores de 16 años o en caso de ser mayor de edad, deben comprobar que no pueden mantenerse solos o están estudiando.
- A falta de esposo o esposa, puede cobrarlo la concubina o el concubino.
- En caso de no contar con alguno de los beneficiarios anteriores, el capital puede ser obtenido por alguien que dependiera económicamente de él.
- Cabe mencionar que estos beneficiarios son determinados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Sustitutos
- Si no se cuenta con un beneficiario legal, los recursos se entregarán al beneficiario sustituto.
- Será designado por el titular de la cuenta en la Afore.
- No forzosamente tiene que ser un familiar.
¿Cómo solicitar el AFORE de un familiar fallecido?
En caso del fallecimiento del titular, el beneficiario legal debe presentar a la Subdelegación del IMSS o de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los trabajadores del Estado (ISSSTE) la documentación requerida para iniciar con el proceso.
En caso de ser sustitutos, deben acudir al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, para emitir la resolución y poder cobrar el AFORE de una persona fallecida.