Reparto de Utilidades 2026: Fechas y guía de Mario Rebolledo en Café Globo

¿Cuándo pagan las utilidades 2026? El Dr. Mario Rebolledo explica en Café Globo quiénes cobran, cuánto te toca y las fechas límite para empresas y patrones.

Reparto de Utilidades 2026: Fechas y guía de Mario Rebolledo en Café Globo.
ENTREVISTAS

¿Es el reparto de utilidades un mito o una realidad para los trabajadores mexicanos? En una edición fundamental de la sección "Justicia al Grano" en Café Globo, el reconocido Dr. Mario Alberto Rebolledo, experto en derecho laboral, se sentó con Mariana Ochoa y "Bazooka" para aclarar todas las dudas sobre la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU).

Ante el escepticismo de muchos empleados que nunca han recibido este beneficio, el especialista fue enfático: el reparto de utilidades es un derecho real y constitucional, pero su cumplimiento depende de entender bajo qué esquema estás contratado y cuáles son las nuevas facultades de la autoridad para vigilar a las empresas,.

¿Cuánto dinero te toca y quiénes tienen derecho a cobrar utilidades este año?

De acuerdo con el Dr. Rebolledo, la ley establece que las empresas deben repartir el 10% de su utilidad real reportada en el ejercicio fiscal anterior,. Este monto no se entrega de forma arbitraria, sino que se divide en dos grandes rubros: el 50% se determina con base en los días trabajados durante el año y el otro 50% proporcionalmente al salario percibido por el empleado.

Es importante destacar que no solo los empleados actuales tienen este derecho; si trabajaste al menos 60 días para una empresa durante el año pasado, aunque ya no labores ahí, tienes derecho a reclamar tu parte proporcional,. Sin embargo, existen excepciones legales. No generan utilidades las empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento, las instituciones de asistencia privada (como el IMSS), ni los trabajadores del hogar,. Tampoco participan en este beneficio los directores, gerentes generales o socios de la compañía.

Fechas límite de pago y la nueva vigilancia del SAT para evitar evasiones

Una de las revelaciones más importantes hechas en Café Globo es la estrecha colaboración actual entre el SAT y la Secretaría del Trabajo. Hoy en día, ambas instituciones mantienen una comunicación casi simultánea: si el SAT detecta irregularidades en la declaración de una empresa, avisa de inmediato a la autoridad laboral para asegurar que no se afecte el bolsillo de los trabajadores. Esto hace que sea mucho más difícil para los patrones ocultar ganancias o utilizar esquemas de outsourcing evasivo, los cuales han sido severamente limitados por las reformas recientes,.

Para evitar multas o conflictos legales, las fechas que debes marcar en tu calendario son las siguientes:

  • Personas Morales (Empresas): Tienen como fecha límite el 31 de mayo.
  • Personas Físicas (Patrones individuales): El plazo se extiende hasta el mes de junio.

Si estás contratado bajo un esquema de "honorarios" o servicios profesionales, pero en la realidad recibes órdenes, cumples un horario y estás subordinado, el Dr. Rebolledo advirtió que podrías estar ante una simulación laboral. En estos casos, el trabajador tiene el derecho de demandar el reconocimiento de la relación de trabajo y, por consecuencia, el pago de sus utilidades,. Para asesorías personalizadas, puedes contactar al especialista en sus redes sociales como @marogrebolledo1.

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